En la causa "“RITONDO CRISTIAN ADRIAN C/ CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE S/ AMPARO Expte. N°: AL-59096-2021)"" (el amparo que tiene suspendidas las elecciones en Independiente), tal como lo habíamos anticipado, han trascurrido los 5 días de plazo que Personas Jurídicas tenía para responder el oficio, sin que se registre respuesta, pero tal falta de respuesta no puede ser asemejada a un incumplimiento, ya que, además de no haberse diligenciado el oficio por su carril natural, se omitió incluir en el texto la prevención de la sanción ante la eventual demora.-
Por eso, esta vez, el Juzgado confeccionó por su propia secretaría el oficio y lo diligenció como corresponde, supliendo los errores en el diligenciamiento de parte.-
Ahora sí, entonces, comienza a regir el plazo de 5 días para su respuesta por parte del organismo administrativo.-
Fuente: Siempre del Rojo Radio.-
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