lunes, 4 de marzo de 2019

Dr. Fernando Oscar Gil: "La reventa de entradas para Scalera es delito, para Brotto es contravención.-"

En la transmisión oficial de Independiente, Solo Rojo, emitida por AM 1550 el 3-3-19, desarrollé como es habitual mi columna judicial e institucional vinculada al club.- Dije: "Hubo una novedad que puede tener importancia en Independiente, en la causa que se generó en torno al club River Plate.- Todos recordarán que en la previa del partido entre ese club y Boca Juniors por la final de la Copa Libertadores (que finalmente no se jugaría en esa oportunidad) hubo un allanamiento policial que encontró, en manos de un presunto barra, muchas entradas destinadas a reventa, tanto legítimas como falsas.- Se analizó penalmente la responsabilidad que podían tener los dirigentes del club River Plate, y el fiscal de la causa, Dr. Norberto Brotto, consideró que no se dan los requisitos de la asociación ilícita, porque la misma se configura cuando tres o más personas se unen u organizan para cometer DELITOS.- El fiscal Brotto entendió que la reventa de entradas no es un delito, sino una contravención.- Y por ende, no se da el tipo penal de la "asociación ilícita", que es la acusación más grave.-
Teniendo en cuenta que el Código Penal es único, es decir que el mismo código penal rige en Capital Federal, en Provincia de Buenos Aires, y desde Tierra del Fuego hasta Jujuy, ¿Como es que un fiscal puede llevar adelante la acusación a una persona de cometer un delito, cuando otro fiscal considera que esa misma acción no constituye delito? No estamos analizando la participación o no de la persona imputada, sino la calificación legal del acto.- ¿Como es posible que el fiscal Scalera haya considerado que corresponde acusar a Pablo Moyano de haber incurrido en este tipo de asociación, cuando otro fiscal, el fiscal Brotto, entiende que no constituye delito? Es algo que se tendrá que analizar.- Insisto en que la diferencia de jurisdicción no tiene nada que ver.- 
Entiendo que es diferente la animosidad entre los procesos que se le siguen a una y otra persona.- Como abogado, coincido con el fiscal Brotto: Si la reventa de entradas es una contravención y no un delito, no hay asociación ilícita.- Y si no hay asociación ilícita, no hay cargo contra Pablo Moyano.- Este concepto es muy importante y seguramente será tenido en cuenta por el Dr. Daniel Llermanos.-  (El recorte de la imagen es del diario Clarín del 4-3-19, el subrayado me pertenece).-

En otro orden, se pagó otra cuota del acuerdo de pago realizado con Leonel Nuñez ante el Tribunal del Trabajo Nº 2.- Otro "regalito" recibido por esta comisión de parte de gestiones anteriores: se hizo un acuerdo de pago y se está cumpliendo a rajatabla, religiosamente.- Esta CD honra las deudas de Independiente.- 
En el orden institucional, destaco que en la escuela de Independiente, se realizaron obras de pintura, de acondicionamiento, adaptación de salas y patios de juegos, para el comienzo del ciclo lectivo.- Los chicos tienen todo en condiciones para arrancar esta temporada escolar con total comodidad.- "

Audio aqui: 

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