martes, 21 de diciembre de 2021

Causa anti elecciones: No hubo conciliación y ahora la justicia tiene la palabra.-

 


Por Fernando Oscar Gil Para Siempre del Rojo Radio.-

Finalmente, hoy 21-12-21, a las 10 hs, se hizo en el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 3, la audiencia convocada "a fines conciliatorios" por el Juez a cargo, a la que concurrieron las partes y sus apoderados.-

Como era previsible, dado a que la pretensión de las partes es indivisible y opuesta, no hubo conciliación ninguna.-

Quedó claro por su parte que la voluntad de la parte actora (Doman y cia) es dilatar el dictado de sentencia, y en distintos medios han declarado que aguardan que las elecciones recién tengan lugar en Febrero de 2022.- Por otra parte, en un comunicado de prensa del mismo sector ("Unidad"), se acepta la concinuidad hasta entonces de la actual gestión de Hugo Moyano, quien será entonces quien deba definir todas las cuestiones futbolísticas y contactuales pendientes, incluyendo decisiones sobre manager, entrenador, firma de contratos y refuerzos o desvinculaciones.-

Por el lado del club, se espera una salida más rápida, siendo expectantes de un fallo definitivo que permita incluso votar este domingo 26.- 

Ahora la justicia tiene la palabra.-

Se trascribe el acta del día de la fecha.

RITONDO CRISTIAN ADRIAN C/ CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE S/ AMPARO - Expte. N°: AL-59096-2021 -


En Avellaneda a los 21 días del mes de diciembre de 2021, siendo las 10:00 horas, llamada que fue de viva voz la audiencia fijada para el día de la fecha, ante su Señoría estando presente el Actuario que da fé, comparece por la parte actora la Dra. NURIA DENISA DRENDAK (T° IX F° 448 CAQ) y la Dra. GISELA CELESTE GEMBARAWSKI (T°IX F°85 CALM) ambas en su carácter de letradas apoderadas de CRISTIAN ADRIAN RITONDO (DNI 17.856.203). Asimismo, se presenta FABIAN DAVID DOMAN TALICE quien acredita identidad con DNI 17.187.903, NESTOR GRINDETTI quien acredita identidad con DNI 11.553.269, JUAN IGNACIO MARCONI quien acredita identidad con DNI 33.362.041; SALVADOR H. PEREZ quien acredita identidad con DNI 7.596.200, MARCELO DANIEL ORSERO quien acredita identidad con DNI 16.850.870, conjuntamente con el Dr. MAXIMILIANO JAVIER WALKER (T°XIX F°158 CALZ) en su carácter de letrado patrocinante, conjuntamente con el Dr. EZEQUIEL SAMPIETRO (T° XV F° 337 CAM) en su carácter de letrado patrocinante. Finalmente, y por la parte demandada CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE se presenta el Dr. JOSE LUIS BARREDO (T°XXVI F° 32, CASI) en carácter de letrado apoderado. Abierto el acto el Sr. Fabian Doman efectúa una propuesta conciliatoria a los efectos de que el acto comicial sea celebrado los días 20 o 27 de febrero de 2022, en donde participen la totalidad de las listas propuestas, corrido el traslado la parte demandada rechaza la propuesta efectuada. En estos términos se lleva a cabo un análisis sobre el estado de autos no llegando a un acuerdo conciliatorio. Finalmente, la parte demandada solicita pasen los presentes obrados a resolver, solicitando asimismo el levantamiento de la medida cautelar con carácter urgente, corrido el traslado la parte actora se opone al levantamiento de la medida cautelar. Con lo que se dio por terminado el acto previa lectura y ratificación de los comparecientes firmando por ante mí, luego de S.S., de lo que certifico.

Por su parte, el siguiente es el comunicado de Unidad tras la audiencia.- 


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