Fuente: Siempre del Rojo Radio.
Claudio Rudecindo, candidato a presidente por Gente de Independiente, tomó intervención en la causa “RITONDO, Cristian Adrián c/ CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE s/ Amparo” , peticionando al Juez que confirme la decisión de la Junta Electoral y disponga la realización de elecciones descartando a la lista de la AIT.-
La siguiente es la presentación completa, a la que el Juez, de momento, solamente tuvo presente.-
SE PRESENTA. ACREDITA LEGITIMACION. PIDE SE REANUDE PROCESO ELECTORAL.
Señor Juez:
CLAUDIO HELIO RUDECINDO en mi carácter de presidente de AGRUPACION GENTE DE INDEPENDIENTE ASOCIACION CIVIL con domicilio en la calle ...... de la ciudad de Avellaneda, con el patrocinio letrado de la DRA. MERCEDES RODRIGUEZ COMPAGÑA, abogada, T. VII F°152, constituyendo ambos domicilio en el lugar precitado y con domicilio electrónico en 27341704362@notificaciones.scba.gov.ar, en los autos: “RITONDO, Cristian Adrián c/ CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE s/ Amparo” a V.S. digo:
1. Personería.
Conforme lo acredito con la escritura N°12 de fecha 25 de marzo de 2021 pasada por ante la escribana Agostina Verdinelli ejerzo el cargo de presidente de la asociación civil AGRUPACION GENTE DE INDEPENDIENTE ASOCIACION CIVIL – en adelante la AGRUPACION-. Mi representada a la fecha se encuentra interviniendo en el proceso eleccionario del Club Atlético Independiente – en adelante el CAI- (v. Anexo A).
2. Objeto.
En tal carácter vengo en tiempo y forma a presentarme en estos actuados a fin de pedir la urgente resolución de este expediente, con el objeto de continuar con el proceso electoral iniciado y en el que mi representada participa en el CAI.
3. Antecedentes. Necesidad imperiosa de reanudar proceso electoral
3.1. Los propios antecedentes que obran en estos actuados simplifican la exposición que motiva la presentación de este escrito.
Estamos ante una situación extrema en la vida institucional del CAI. Un proceso electoral suspendido y la actuación realizando actos de administración y disposición que tiene su mandato vencido.
Mi representada es una de las dos asociaciones que acreditan la idoneidad legal para intervenir en el proceso.
3.2. Con fecha 23 de marzo de 2022, intimé a la Junta Electoral del CAI al efecto que reanudara sin otro trámite el proceso electoral. Todo ello en virtud de lo resuelto con fecha 15 de marzo de 2022 por la Sala I de la Excma. Cámara de Apelación Contencioso Administrativa, en precedente que ratificó los actos administrativos de la DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS en virtud de los cuales otras asociaciones que pretendieron participar NO SE ENCONTRABAN AUTORIZADAS A HACERLO, EN VIRTUD DE PRESENTAR GRAVES IRREGULARIDADES. (v. Anexo B).
3.3. La Junta Electoral del CAI, lejos de asumir la responsabilidad que tiene por ley, me informó sobre la existencia de este proceso, causa que me lleva a presentarme por ante V.S. a fin de peticionar en salvaguarda de los intereses del CAI y sus socios (v. Anexo C)
3.4. A la fecha no existe, según mi conocimiento y conforme búsqueda efectuada, precedente judicial o administrativo que autorice a asociaciones distintas de Agrupación Independiente y de la AGRUPACION a participar en el proceso electoral.
Debo destacar que sugestivamente la Asociación “Agrupación Independiente” se corresponde con el actual oficialismo.
3.5. La urgencia objetiva que da lugar a este pedido de inmediata reanudación del proceso electoral encuentra su punto de referencia entre otros supuestos en:
a) El CAI y sus socios, en forma ilegítima e inmerecida, se ven privados del normal ejercicio de los derechos a la renovación y elección de los órganos de administración y administración. Estos derechos son fundamentales y fundantes en el marco de las asociaciones civiles;
b) El CAI carece de autoridades legítimas. Las actuales tienen mandato vencido, pese a lo cual es imprescindible tomar decisiones que involucran plazos que exceden el año calendario o un ejercicio contable. Hablo desde la contratación de personal administrativo, obras o las propias que regula los estatutos profesionales con futbolistas y técnicos;
c) La actual incertidumbre ha llevado a la inercia a dos grupos de irresponsables. Por un lado, quiénes sin cumplir con la ley carecen de legitimación para intervenir en el proceso electoral y a la actual comisión con mandato vencido que sin voto de socios y en forma anti democrática ve prorrogado sine die su intervención.
3.6. Ante la gravedad de la situación y sin otro tramite solicito en consecuencia que se mande continuar el proceso electoral.
4. Por lo expuesto a V.S. pido: 1°) Me tenga por presentado, acreditada la personería, parte a mi mandante y constituido el domicilio legal indicado; 2°) Mande continuar sin otro trámite el proceso electoral en el CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE.
Será Justicia
A lo que pronto el Juez proveyó: Proveyendo la presentación electrónica titulada "SE PRESENTA. ACREDITA LEGITIMACION. PIDE SE REANUDE PROCESO ELECTORAL"
Por presentado, en el carácter invocado, tíenese por constituido el domicilio procesal físico, el electrónico y denunciado el domicilio real. . (Art. 40 y 135 del Cód. Procesal).
Sin perjuicio de no ser parte en las actuaciones de marras, en virtud de lo expuesto, estese a las constancias objetivas de los presentes obrados.
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