LAS COSAS POR SU NOMBRE
Por el Dr. Luis Carzoglio
Ayer, en la ciudad de Rosario, fue nuevamente detenido el ex árbitro de fútbol Martin Bustos por la presunta comisión del delito de "grooming" en perjuicio de jugadores de fútbol menores de edad integrantes de los planteles del Club Atlético Newell's Old Boys de esa ciudad. Los medios de comunicación informaron ampliamente respecto del tema, ocultando involuntariamente detalles que rodean la figura del hoy detenido Bustos. Así, conviene destacar que: 1) Bustos ya habia sido detenido, junto a otros sujetos, en el mes de Marzo de 2018 por orden del Dr. Luis Silvio Carzoglio, por entonces Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nro. 9 Descentralizado Departamental Lomas, con sede en Avellaneda, ante un pedido de la Fiscal actuante, Dra. Soledad Garibaldi, ello a raíz de una minuciosa investigación por la presunta comisión de delitos de la misma naturaleza al senialado que involucraban por aquel entonces a jugadores menores de edad del Club Atlético Independiente de Avellaneda; 2) De esta última investigación había dado cuenta oportunamente el Señor Procurador General de la Provincia, Dr. Julio Conte Grand, a través de una conferencia de prensa brindada en el Polo de judicial con la presencia de la Dra. Garibaldi y otros miembros del Ministerio Público Fiscal de Avellaneda, y de la que no fuera participado quien ordenara aquellas detenciones, Dr. Luis Silvio Carzoglio;
3) Que también fue el Dr. Carzoglio, hoy apartado de su función a raíz de un Jury en donde el Dr. Conte Grand aparece como acusador, quien dictara la Prisión Preventiva de los por entonces detenidos, entre los cuales se hallaba el ex árbitro Bustos; 4) Previo al dictado de esta última resolución, fue el Dr. Julio Conte Grand quien, en forma subrepticia, y por razones desconocidas, solicitara el apartamiento de Dr. Carzoglio de su cargo en un Jury que se hallaba prácticamente paralizado desde 2015 y que se le tramitaba y tramita hoy al Magistrado en la ciudad de La Plata; 5) Luego de dictada la medida haciendo lugar a lo solicitado por la Fiscal actuante, el pedido del Dr. Conte Grand permaneció en estado vegetativo no volviéndose el apartamiento a reimpulsar hasta, justamente, cuando el Dr. Carzoglio rechazara, contradiciendo el pedido Fiscal, la detención de Pablo Moyano en la causa en la cual, a instancia de esa dependencia, se le imputa a este último el delito de asociación ilícita junto a barras brava del Club Atlético Independiente; 6) En Setiembre de 2018, a través de un fallo de la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías de Lomas de Zamora, que recalificara más levemente los delitos que se imputaban a Bustos, este último recuperó su libertad siendo excarcelado a raíz de ello;7) A raíz de los hechos del dia de ayer, al hacer declaraciones en los medios de prensa, el Dr. Conte Grand, al referirse a lo sucedido en Marzo del año pasado, ha obviado nombrarme al referirse a quien hiciera lugar a los entonces pedidos de detención y prisión preventiva del hoy nuevamente aprehendido Bustos. Es por ello que, ante tal omisión y porque corresponde aclarar determinados hechos y conductas atendiendo lo que hoy atravieso, apartado de mi función, acusado por el mismísimo Dr. Conte Grand, es que creo necesario referirme en los términos que lo hago para echar luz a lo realmente sucedido respecto de mi persona. Ruego la difusión del presente para aportar, desde la sociedad, al triunfo de LA VERDAD. Gracias por estar. Abrazo Argentino.
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